martes, 31 de marzo de 2009

ENTRADA EN VIGOR DB-HR

El próximo 24 de Abril entra el DB-HR. ¿Los periodos son iguales que en la entrada en vigor del CTE, es decir: Solicito licencia con un proyecto básico, antes del 24 de abril, una vez que se me concede la licencia, tengo 3 meses para presentar el de ejecución y otros 3 para empezar la obra?.

Según el REAL DECRETO 1371/2007, de 19 de octubre, por el que se aprueba el documento básico «DB-HR Protección frente al ruido» del Código Técnico de la Edificación en su "Disposición transitoria cuarta. Comienzo de la obras. Todas las obras a cuyos proyectos se les conceda licencia municipal de obras al amparo de las disposiciones transitorias anteriores deberán comenzar en el plazo máximo de tres meses, contado desde la fecha de concesión de la misma. En caso contrario, los proyectos deberán adaptarse a las nuevas exigencias relativas a la protección frente al ruido que se aprueban."
Por tanto, la entrada en vigor el día 24 de abril de 2009 (Modificación del R.D. 1371/2008 y el R.D. 314/2006 por el R.D.1675/2008, de 17 de octubre, del Ministerio de Vivienda (B.O.E.: 18-OCT-2008).
Los proyectos de los cuales se solicite licencia antes del 24 de abril de 2009, deberán comenzar en el plazo máximo de tres meses, contado desde la fecha de concesión de la misma.


CUBRICIÓN DE TERRAZA

¿Puede considerarse una cubrición de terraza y cerramiento móvil como una construcción susceptible de computar a efectos de edificabilidad?

El cómputo de la edificabilidad viene definido en la Normativa del POM o NNSS del municipio. Se recomienda consultar estas normas y a los técnicos del Ayuntamiento.


LOCAL DESTINADO A VENTA PRODUCTOS CÁRNICOS

Estoy redactando un proyecto de acondicionamiento y apertura de local destinado a la venta de productos cárnicos, dotado de cámaras frigoríficas, expositores refrigerados, obrador, y maquinaria de corte y triturado. Quisiera saber cual es la normativa, a nivel estatal y regional que es de aplicación a este tipo de establecimientos.

Se deberá cumplir toda la normativa técnica en vigor, CTE, RITE, REBT,… Además del RAMINP, Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.
En cuanto a normativa autonómica se deberá cumplir el Código de Accesibilidad de Castilla La Mancha y además se debe considerar lo dispuesto sobre este uso particular en las Ordenanzas municipales y en los Planes de urbanización del respectivo Ayuntamiento, en su caso.
En la pagina web del CAT-COACM se puede encontrar toda la normativa en vigor.


martes, 24 de marzo de 2009

SOLUCIONES CONSTRUCTIVAS DAV-HS

Acerca de las soluciones constructivas que se muestran en el DAV-HS. ¿no resulta inservible un ejemplo en el que grado de impermeabilidad del muro sea 4 y el del suelo 3, puesto que en ningún momento se puede dar ese caso?

Efectivamente, no se puede dar un caso como ese en ninguna de las combinaciones posibles. Se aconseja que se consulte directamente el CTE y se apliquen las soluciones dadas en los puntos 2.1.2 Condiciones de las soluciones constructivas, tabla 2.2 condiciones de las soluciones de muro y el 2.2.2 Condiciones de las soluciones constructivas, tabla 2.4 condiciones de las soluciones de suelo. Se recomienda también consultar los apuntes del curso de lectura horizontal.


DATOS LIBRO DEL EDIFICIO

En el libro del edificio tengo que poner los datos de las empresas que se van a encargar del mantenimiento, pero ¿cómo puedo saber cuáles son?

Ese tipo de información la facilitará el promotor, que será quien contrate esas empresas. En cualquier caso, si aún no se conocen los datos, se puede indicar qué tipo de técnicos o qué acreditaciones se requieren para desempeñar cada trabajo.


martes, 17 de marzo de 2009

VENTILACIÓN MECÁNICA

Para el cálculo de ventilación híbrida establezco el equilibrio de caudales tanto de admisión como de extracción pero en el caso de la ventilación mecánica con admisión por fachada, ¿es necesario hacer el equilibrio de caudales? o por el contrario se dimensiona con los caudales de cada zona.

El dimensionado de las aberturas de admisión y extracción en general viene especificado en la tabla 4.1 del DB HS 3, para ventilación híbrida o mecánica. El área efectiva total de las aberturas de ventilación de cada local debe ser como mínimo la mayor de las que se obtienen mediante las fórmulas que figuran en la tabla, entre las que se encuentra el procedimiento de equilibrado de caudales.
El dimensionado de los conductos de extracción para ventilación mecánica se hará con lo especificado en el apartado 4.2.2. del DB HS 3
Para los conductos de admisión, a falta de especificaciones, deducimos que tendrán como mínimo la sección de las aberturas de admisión, resultantes de la tabla 4.


CONDICIONES DE ILUMINACIÓN DE LOCALES DE TRABAJO

¿Qué normas UNE se necesitan para cumplir las condiciones de iluminación en locales de trabajo?

UNE-EN 12464-1: 2003. Iluminación. Iluminación de los lugares de trabajo. Parte I: Lugares de trabajo en interiores.


jueves, 12 de marzo de 2009

VENTILACIÓN ESCALERA EDIFICIO PÚBLICO

Estamos proyectando un edificio público con cuatro plantas y ático, el cual tenía una escalera que ventilaba a través de un patio, la ventana ha tenido que ser eliminada. ¿Podemos ventilar (admisión y extracción) la escalera a través de conductos verticales a cubierta? ¿Cómo podemos dimensionar la sección y rejillas de planta?

Si se trata de una escalera protegida, debe cumplir las condiciones que se establecen en su definición en el anejo SI A, terminología del DB SI del CTE.
En cuanto a ventilación o protección frente al humo plantea tres opciones:
a) Ventilación natural mediante ventanas practicables o huecos abiertos al exterior con una superficie de ventilación de al menos 1 m2 en cada planta. Esta la tenemos que descartar, porque la ventana ha sido eliminada.
b) Ventilación mediante dos conductos independientes de entrada y de salida, dispuestos exclusivamente para esta función y que cumple las condiciones siguientes:
- la superficie de la sección útil total es de 50 cm2 por cada m3 de recinto, tanto para la entrada como para la salida de aire; cuando se utilicen conductos rectangulares , la relación entre los lados mayor y menor no es mayor que 4
- las rejillas tienen una sección útil de igual superficie y relación máxima entre sus lados que el conducto que el conducto al que están conectados.
- en cada planta, las rejillas de entrada de aire están situadas a un a altura sobre el suelo menor que 1 m y las de salida de aire están enfrentadas a las anteriores y a un altura mayor que 1,80 m.
c) Sistema de presión diferencial conforme a EN 12101-6:2005.


CALCULO DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA

¿Cómo se calcula la eficiencia energética de un proyecto de una vivienda?

El Procedimiento Básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción, aprobado por el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, en su artículo 4 establece que la obtención de la calificación de eficiencia energética de un edificio se podrá realizar mediante una opción general, de carácter prestacional, verificada mediante un programa informático, o bien mediante una opción simplificada, de carácter prescriptivo que desarrolla la metodología de cálculo de una manera indirecta.

Mediante la opción simplificada, se determina la clase de eficiencia energética a asignar a los edificios de viviendas que cumplen con la opción simplificada de la Sección HE-1 “Limitación de demanda energética” del DB-HE del CTE y para los que se ha decidido no utilizar la opción general de dicha Sección.

La utilización de la opción simplificada sólo permite obtener clases de eficiencia energética D o E.

Las soluciones técnicas se presentan en forma de un conjunto de tablas, según las distintas zonas climáticas. Cada opción constituye una solución técnica que incluye un conjunto alternativo de combinaciones posibles de los siguientes parámetros:

a) Compacidad c, expresada en m, como relación entre el volumen V encerrado por la envolvente térmica y la suma S de las superficies de dicha envolvente.
c=V/S [m]
b) Rendimiento del equipo generador de calefacción expresado por su Clase Energética:
• con el sistema de estrellas para las calderas según el Real Decreto 275/1995, de 24 de febrero, por el que se dicta las disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas 92/42/CEE, relativa a los requisitos de rendimiento para las calderas nuevas de agua caliente alimentadas con combustibles líquidos o gaseosos, modificada por la Directiva 93/68/CEE del Consejo, o
• con el sistema de letras para las bombas de calor según el Real Decreto 142/2003, de 7 de febrero, por el que se regula el etiquetado energético de los acondicionadores de aire de uso doméstico.
c) Tipo de combustible de la instalación de calefacción, distinguiendo entre:
GN: Gas Natural.
LIQ: Combustible líquido (típicamente gasóleo).
GLP: Gases licuados de petróleo (butano y propano).
d) Rendimiento del equipo generador de refrigeración, expresado por su Clase Energética, con el sistema de letras según el Real Decreto 142/2003.
e) Rendimiento del equipo generador de agua caliente sanitaria, expresado por su Clase Energética, con el sistema de estrellas según el Real Decreto 275/1995.

Las tablas a las que se refiere la opción simplificada se encuentran publicadas en la página web del ministerio, a la que se puede acceder a través de nuestra página web, sección enlaces, documentos reconocidos eficiencia energética.


miércoles, 4 de marzo de 2009

EXTINTORES EN VIVIENDA UNIFAMILIAR

¿Obliga el CTE a incluir extintores en una vivienda unifamiliar?

Dentro de la vivienda no.
En el caso que se tratara de un edificio residencial, se deberán poner extintores portátiles a 15 m, como máximo, desde todo origen de evacuación. Se considera origen de evacuacion todo punto ocupable, exceptuando los del interior de la vivienda. Si el origen de evacuación es la puerta de salida de la vivienda, dentro de esta no es obligatorio incluir un extintor.


NÚMERO DE PELDAÑOS EN LAS ESCALERAS

¿El CTE regula el número mínimo de peldaños en una escalera de una vivienda unifamiliar?

Las escaleras de una vivienda unifamiliar se consideran un elemento de uso restringido según la definición del Anejo A Terminología del DB SU del CTE, utilización de las zonas o elementos de circulación limitados a un máximo de 10 personas que tienen el carácter de usuarios habituales, incluido el interior de las viviendas.
Dentro de las características de las escaleras de uso restringido (apartado 4.1 del DB SU del CTE) no se define el número mínimo de peldaños por tramos ni la altura máxima de cada tramo de donde se puede deducir el numero de peldaños.


martes, 3 de marzo de 2009

CUADRO CARACTERÍSTICAS EHE-08

¿Dónde puedo encontrar un cuadro de características de la EHE-8 para incluirlo en los planos de estructuras?

En la página del CAT-COACM, en el apartado TRABAJOS, UTILIDADES DE DIBUJO, pueden encontrar un cuadro de características de la EHE-08 en formato dxf. También se puede encontrar una ficha resumen de características de la EHE-8 en formato EXCEL que puede ser incluida en la memoria del proyecto.