martes, 4 de agosto de 2009

APARCAMIENTO VIVIENDA UNIFAMILIAR

A raíz de la modificación del DB-SI en marzo/2009, ¿Se debe considerar un aparcamiento de vivienda unifamiliar mayor de 100 m2 como sector de incendios independiente de la vivienda?.

La ORDEN VIV/984/2009 de 15 de abril añade en la Tabla 2.1, Clasificación de locales y zonas de riesgo especial integrados en los edificios, los aparcamientos de vehículos de una vivienda unifamiliar como local de riesgo bajo, además de los aparcamientos cuya superficie no exceda de 100 m2.

En vivienda unifamiliar el garaje se clasificará como local de riesgo bajo.

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