miércoles, 4 de marzo de 2009

EXTINTORES EN VIVIENDA UNIFAMILIAR

¿Obliga el CTE a incluir extintores en una vivienda unifamiliar?

Dentro de la vivienda no.
En el caso que se tratara de un edificio residencial, se deberán poner extintores portátiles a 15 m, como máximo, desde todo origen de evacuación. Se considera origen de evacuacion todo punto ocupable, exceptuando los del interior de la vivienda. Si el origen de evacuación es la puerta de salida de la vivienda, dentro de esta no es obligatorio incluir un extintor.


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