jueves, 2 de julio de 2009

CANTO MÍNIMO PARA DEFORMACIONES

Calculando un porche metálico con paneles de policarbonato como material de cubrición para acceso a un colegio (ya existente) y en cuanto a limitaciones a flecha:

1) En la antigua NBE EA95 (incluso en la MV anterior) se hablaba de L/250 para vigas o viguetas de cubierta.

2 )En el CTE SE no se habla de vigas o viguetas de cubierta estableciendo L/300 para "el resto de los casos", es decir cuando no hay tabiques frágiles y pavimentos rígidos (L/500) y cuando tampoco hay tabiques ordinarios o pavimentos con juntas (L/400) ¿Debo aplicar L/300 igualando entonces la flecha en estas cubiertas metálicas ligeras no transitables con, por ejemplo, forjados transitables que no sustenten elementos de fábrica?

La diferencia entre L/250 y L/300 no parece mucha, pero me obliga a pasar de IPN100 a IPN120 lo que supone unos 3kp/m más en cada vigueta/correa, es decir, unos 18kp por vigueta/correa. En obras pequeñas no supone muchos € de diferencia, pero en una nave de gran tamaño, sí.

En otro orden de cosas, ¿sigue existiendo con el CTE aquella recomendación que había de limitación de flecha de 1cm para los forjados de piso?

La limitación de L/250 pertenecía a la norma de estructuras de acero y efectivamente, con el CTE, se ha incrementado hasta L/300.

Tampoco era una limitación muy real puesto que quedaba bastante más limitada la estructura por otras cuestiones tales como el centímetro en valor absoluto en el caso del hormigón o el simple uso de la estructura que con frecuencia impedía unas flechas tan grandes. Hay que tener en cuenta que si las normas de estructuras no se referían únicamente a la edificación normal de viviendas o colegios, etc., la de acero estaba muy dirigida a naves industriales en donde las limitaciones podían reducirse más que en el ámbito en el que solemos movernos los arquitectos.

Como dices, también ha desaparecido la limitación de valor absoluto 1 cm. que figuraba en la norma de forjados (en realidad, para el hormigón, las limitaciones venían de la norma de forjados ya que en la EHE figuraban como comentarios). No obstante, es muy recomendable tener presente una limitación en valor absoluto pues esté o no especificado en la normativa, hay otras consideraciones que suelen incumplirse si no se valora la flecha total. En el caso de la cubierta de la consulta, al ser ligera, es frecuente que una flecha excesiva en valor absoluto dé lugar a contra pendientes para la evacuación de agua y, por otra parte, las cargas accidentales tales como nieve o mantenimiento cobran una importancia muy grande al suponer un porcentaje muy grande del total que debe tenerse en cuenta.


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