miércoles, 5 de noviembre de 2008

NECESIDAD CÁLCULO CON VIENTO

Cuando en el CTE DB SE Acciones se dice sobre el cálculo con acción de viento: "En general, los edificios ordinarios no son sensibles a los efectos dinámicos del viento" ¿Que entiende por "edificios ordinarios"?¿hasta que alturas podría calcular sin viento?

En edificios de hasta cinco o seis plantas dentro del casco urbano en situación protegida y con estructuras de hormigón armado normales no es necesario tener en cuenta los efectos del viento de forma global en la estructura. Para otras situaciones sí es necesario, particularmente en campo abierto con elementos esbeltos tales como muros o para estructuras metálicas en el caso de naves, etc.


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