miércoles, 5 de noviembre de 2008

RESISTENCIA AL FUEGO DE CUBIERTAS LIGERAS

¿Qué resistencia exige la normativa de incendios para cubiertas ligeras?

Para la estructura principal de cubiertas ligeras y sus soportes en plantas sobre rasante, no previstas para ser utilizadas en la evacuación de los ocupantes, siempre que se justifique que su fallo no pueda ocasionar daños graves a los edificios o establecimientos próximos, ni comprometan la estabilidad de otras plantas inferiores o la sectorización de incendios implantada y, si su riesgo intrínseco es medio o alto, disponga de un sistema de extracción de humos, se podrán adoptar los valores de la tabla 2.3 del “Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales” o el punto 3.2 del DB SI 6, si es de aplicación el CTE.

Se considera cubierta ligera aquella cuyo peso propio no exceda de 100 kg/m2, y se entiende por estructura principal de cubierta y sus soportes, la constituida por la estructura de cubierta propiamente dicha (dintel, cercha) y los soportes que tengan como función única sustentarla.

Las correas de cubierta no serán consideradas parte constituyente de la estructura principal de cubierta.


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