martes, 11 de noviembre de 2008

RAMPAS PARA VEHÍCULOS EN VIVIENDA UNIFAMILIAR

¿Que pendiente de rampas para vehículos habría que aplicar en una vivienda unifamiliar?

DB SU 4.3.1 Pendiente.
1 Las rampas tendrán una pendiente del 12%, como máximo, excepto:
a) las previstas para usuarios en sillas de ruedas, cuya pendiente será, como máximo, del 10% cuando su longitud sea menor que 3 m, del 8% cuando la longitud sea menor que 6 m y del 6% en el resto de los casos.
b) las de circulación de vehículos en aparcamientos que también estén previstas para la circulación de personas, exceptuadas las discapacitadas, cuya pendiente será, como máximo, del 16%.


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