jueves, 6 de noviembre de 2008

REHABILITACIÓN INTEGRAL

¿Que se entiende por Rehabilitación Integral en el contexto del ámbito de aplicación del DB-HR en su apartado d) como obras no exentas de cumplimiento del DB.-HR?

En este caso, Rehabilitación Integral, se refiere cuando las obras a realizar pueden considerarse que afectan a todo el edificio, indistintamente si se trata de una adecuación estructural o funcional, o ambas a la vez. En estos casos habría que aplicar el DB HR, mientras que para refornas puntuales de un local, una vivienda o una planta del edificio existente, quedarían excluidas de la aplicación del DB HR.


No hay comentarios: